Actualidad y Noticias

El mundo al revés

El mundo al revés
No salgo de mi asombro al acabar de enterarme de que en España en los juicios de faltas (delitos menores) los jueces tienen prohibido recriminar la conducta del infractor y han de limitarse a imponerle una multa asequible. Parece ser que todo se reduce a un impersonal, frío y burocrático acto en el que el culpable recibe un escrito en el que consta la cuantía de la multa impuesta. Nada de reprimendas ni amonestaciones ni exhortaciones; no hay que provocar sonrojos ni situaciones embarazosas que puedan herir la sensibilidad del infractor. Hasta este momento yo pensaba que los jueces, garantes de la ley, estaban para vindicarla y poner las cosas en su sitio, siendo una saludable manera de hacerlo el reprender de palabra y desde su estrado a la persona autora del daño, además de imponerle la sanción correspondiente. Pero no, hay que actualizar la justicia a los tiempos que vivimos y dado que en el hogar los padres ya no pueden ni llamar al orden a sus hijos, ni en la escuela los maestros a sus alumnos, tampoco en el tribunal deben hacerlo los jueces a los encausados. Es toda una claudicación de la autoridad, en este caso pública, frente al mal, aunque sea un mal menor. Lo grave de todo esto es que los males mayores siempre comienzan siendo males menores, así que, de forma indirecta, estamos invitando al infractor a que repita su acto o incluso escale peldaños, dado que las consecuencias de su hecho son totalmente anodinas (¿se llega a ejecutar el cobro de la multa?). Es una manera bastante segura de hacer que los infractores de hoy lleguen a ser los delincuentes del mañana.

Detrás de esta actitud se esconde una debilidad manifiesta que deja impune, en un amplio sentido, la trasgresión de la ley. Si la conciencia del infractor no es demasiado exigente, y ya sabemos cuán moldeable puede ser nuestra conciencia especialmente cuando se trata de justificarnos a nosotros mismos, y el juez no puede darle una palabra de reprensión ¿quién, me pregunto, va a hacer reflexionar a esa persona sobre el carácter moral de su acción? ¿Sus amiguetes? ¿Su familia? ¿Su abogado?. Pero como dije antes, esta debilidad no es exclusiva de la justicia sino que está refrendada por la que hay en todos los estamentos de nuestra sociedad, comenzando por su piedra angular: la familia.

Puedo adivinar que una de las razones para imponer el silencio a los jueces es evitar que caigan en el abuso de su cargo y lleguen a humillar y denigrar públicamente a las personas, cosa que probablemente sucediera en el pasado muchas veces. Pero aquí, como en tantas otras cosas, nos hemos ido al otro extremo, sin considerar que hay un punto medio en el que se precisa la palabra de reprensión -lo que no significa el envilecimiento de la persona- de la misma forma que es necesaria la disciplina en el hogar y en el colegio sin que ello conlleve la degradación de los hijos o de los alumnos. Sin el ejercicio de la autoridad y de la disciplina, sucede aquello a lo que asistimos hoy: los padres han pasado a ser un par de idiotas dirigidos por sus hijos y los profesores se han convertido en las indefensas víctimas de sus alumnos. ¿Es que estamos abocados a movernos siempre por la ley del péndulo y a irnos a los extremos? Creo que sí, que estamos abocados a desplazarnos de un lado pernicioso a otro desastroso hasta que no abramos el Libro, dejemos a un lado nuestra "sabiduría" y nos dejemos enseñar por los principios que el Autor del mismo ha dejado allí escritos, atreviéndonos a ponerlos por obra.

Es posible que otra de las razones para enmudecer a los jueces sea el concepto moderno que equipara reprensión con "charla". "No me des la charla" es una de las expresiones más corrientes en boca de tantos jóvenes y resume de forma harto expresiva dos cosas: la nula disposición a escuchar cualquier cosa que me contradiga o me ponga en evidencia y un desprecio absoluto hacia este tipo de pedagogía que es la palabra de reprensión. Pues bien, para que los jueces no pasen por el trance de ser considerados pelmazos insoportables que dan "charlas" inútiles a los encausados, eximámosles de tan enojosa responsabilidad.

Pero los textos arriba citados son muy aleccionadores al respecto, porque nos enseñan el valor que tiene la palabra de reprensión. En el primero se especifica la necesidad de la reprensión como un medio de trazar una raya de separación moral entre lo bueno y lo malo, evitando complicidades de lo primero con lo segundo. (A propósito de este pasaje la revisión Reina-Valera de 1960 lo debilita al decir "Razonarás con tu prójimo" en lugar de "Reprenderás a tu prójimo" como más correctamente dice la revisión de 1995). Fijémonos que inmediatamente detrás de esta frase tan contundente se habla de amar a nuestro prójimo, el mismo prójimo al que un momento antes hemos reprendido. Es decir, en la Biblia una prueba manifiesta de amor hacia alguien es reprenderlo cuando su conducta así lo merece, que es justo lo contrario de lo que en nuestros tribunales, hogares y escuelas se hace. Por lo tanto, reprensión es equivalente a amor y falta de reprensión es sinónimo de falta de amor ¡Cuán erradas andan nuestras ideas cuando las comparamos con las ideas de la Biblia! En el segundo texto, es Dios mismo quien hace uso de la palabra de reprensión para hacer caer en la cuenta al pecador de su delito, primer requisito imprescindible para que pueda haber un arrepentimiento, es decir, un cambio de conducta. Dios no hace connivencia con el mal ni mira a otra parte ante el mismo. No, no le estamos haciendo un favor a los infractores ahorrándoles el mal trago de recibir una merecida palabra de reprensión; al contrario, estamos siendo copartícipes de su responsabilidad y pavimentando su mala carrera. No llevará esto a nada bueno.