Historia

ABOGADO DE LA IGLESIA

Abogado de la Iglesia (latín Advocatus o Defensor Ecclesiæ) es un oficial encargado de los asuntos seculares de un establecimiento eclesiástico, concretamente de su defensa, legal o armada. Los comienzos del oficio aparecen en el Imperio romano. A finales del siglo V había defensores en Italia encargados de la protección de los pobres y huérfanos y del cuidado de los derechos y propiedad de la Iglesia. En el reino merovingio los representantes legales de las iglesias ostentaron el título. En el periodo carolingio, para manetener al clero tan lejos como fuera posible de los asuntos mundanos, a los obispos, abades y otros eclesiásticos se les exigió que tuvieran tal oficial. El desarrollo de la ley de inmunidad hizo a tales advocati necesarios, por un lado, para sostener los derechos de la Iglesia contra el Estado y en la corte y por otro para realizar deberes judiciales y policiales en territorio eclesiástico. Los reyes carolingios tuvieron el derecho, pero algunas veces renunciaron al mismo en casos individuales. Esos oficiales fueron al principio clérigos, posteriormente laicos y finalmente el oficio se hizo hereditario. A veces este abogado de la Iglesia se convirtió en un tirano, manteniendo el establecimiento en sumisión absoluta, despojándolo y saqueándolo. Usurpaba todo el poder de la administración, limitaba la autoridad del obispo a asuntos puramente espirituales, absorbía los diezmos y todos los ingresos y dejaba al clero una cantidad mínima. Sin embargo, Inocencio III (1198-1216) logró frenar la importancia creciente de esta institución, desapareciendo el oficio rápidamente.


Bibliografía:
R. Happ, De advocatia ecclesiastica, Bonn, 1870; H. Brunner, Deutsche Rechtsgeschichte, ii. 302, Leipzig, 1892.