Historia
BENEFICIUM COMPETENTIÆ
Beneficium competentiæ es el privilegio por el cual a un deudor condenado se le permite retener parte de su ingreso, al ser absolutamente necesario para su mantenimiento. Tal privilegio existe en muchos lugares, en interés del servicio público, para oficiales y también para clérigos. Para estos últimos la costumbre está usualmente referida al decreto de Gregorio IX (1271–76) De solutionibus (iii, 23). Sin embargo, este pasaje sólo establece el principio de que un clérigo deudor sin beneficio no puede ser obligado a pagar por castigos espirituales y que los acreedores han de contentarse con la seguridad suficiente del pago, cuando las circunstancias del deudor mejoren. Las glosas y la práctica común que se sigue de ella basan el privilegio sobre el decreto, confirmándolo la ley estatutaria y restringiendo cualquier imposición sobre el salario u otra entrada de tal clérigo, de modo que le quede una cierta suma como congrua (sustentatio). Este privilegio no puede reclamarse en el caso de deudas que surjan de transacciones ilegales o de los impuestos públicos.