Historia

CASUS RESERVATI

Casus reservati (casos reservados) en la Iglesia católica son los casos en los que la absolución corresponde solo a un sacerdote especialmente autorizado. La práctica de tal reserva se defiende sobre la base de que Cristo otorgó el poder de absolución solo a los apóstoles y a sus sucesores (21 Jesús entonces les dijo otra vez: Paz a vosotros; como el Padre me ha enviado, así también yo os envío. 22 Después de decir esto, sopló sobre ellos y les dijo*: Recibid el Espíritu Santo. 23 A quienes perdonéis los pecados, éstos les son perdonado[…]Juan 20:21-23) y que el papa y los obispos tienen este derecho reservado a ellos mismos, siempre que el bien de la Iglesia lo requiera. Esta idea fue sancionada formalmente por el concilio de Trento (sesión XIV, cap. vii, de poenitentia, 11). Los casos en cuestión son 'ciertos casos graves de ofensa', 'ciertas ofensas más graves y atroces' y pecados graves externos, específicamente determinados por el legislador, es decir, por el papa o el obispo. Los detalles se fijaron gradualmente en la práctica. Hablando ordinariamente los papas se reservaron para sí solo pecados para los cuales la excomunión era el castigo, de los que solo la sede apostólica podía liberar al culpable, aunque hay algunos a los que no se aplicó. Los principales ejemplos se citan en la bula In coena Domini. Cuando, en esos casos, el pecado no es de dominio público, los obispos pueden absolver (en persona o por legado) in foro conscientiæ; y otros casos reservados al papa son puestos en su jurisdicción por sus facultades quinquenales. La constitución Apostolicæ sedis de Pío IX (1869) da detalles precisos sobre las diferentes clases de casos reservados. Los casos reservados a los obispos varían según la localidad; en general incluyen varios pecados graves, ciertas formas de impureza, homicidio, ruptura del secreto de confesión por los sacerdotes, etc. Los obispos generalmente delegan sus poderes en ciertos casos en subordinados, ya sea permanentemente o en ciertas épocas. Sin embargo, en todas las clases de casos reservados un penitente puede ser absuelto por cualquier sacerdote en caso de urgente necesidad, tal como la proximidad de la muerte.