Historia

CONFESIÓN GENERAL

Confesión general es el nombre dado a la confesión pública y general de pecados hecha por los clérigos para la congregación, distinguiéndose de la confesión auricular y privada. Es de origen alemán meridional y retrocede probablemente hasta el tiempo de Carlomagno. Se hacía en alemán tras el sermón (también en alemán) e iba seguida de la absolución y confesión de fe y del Padrenuestro. El testimonio más antiguo procede del siglo IX; luego se encuentran varias oraciones confesionales de este tipo en los siglos XI y XII (comp. Hauck, KD, ii. 255, 729). El sacerdote o diácono pronunciaba la confesión, el pueblo la repetía arrodillado y luego el sacerdote daba la absolución. Las formas varían, pero con el tiempo parece haberse desarrollado una cierta fórmula. Se usaba la primera persona en singular, en correspondencia a la confesión privada.

La Reforma encontró la confesión general de uso común, generando controversia la cuestión de si debía conservarse. Se solventó de diferentes manera en diferentes lugares. En Alemania occidental y meridional bajo influencia de las iglesias reformadas fue puesta al principio del servicio, una costumbre que tuvo precedente medieval. Zwinglio la retuvo en Zurich tras el sermón. Calvino adoptó para Ginebra una costumbre ya establecida en Estrasburgo, de comienzo del servicio con una confesión general repetida de rodillas y usándola en la diaria "oración matutina." Actualmente se usa poco. El servicio anglicano tiene una confesión general dicha por el ministro y la congregación en la oración matutina y vespertina y en el servicio de comunión.

En la teología y práctica católica el término "confesión general" se usa para designar una confesión en la que el penitente efectúa un repaso, confesando los pecados de toda su vida, aunque hayan sido declarados en confesiones anteriores. Es obligatoria siempre que las confesiones precedentes hayan sido insinceras o por cualquier otra razón que las invalide; en otros casos es un asunto de consejo o dirección espiritual. El nombre se aplica también, aunque menos estrictamente, a confesiones que cubren un periodo dado, como unos pocos años, a modo de recapitulación, distinguidas de la confesión ordinaria semanal o mensual en la que los pecados previamente declarados no se repiten.