Historia
DONACIÓN DE CONSTANTINO

Tras una destacada introducción (capítulo 1), el emperador promete una "clara narración" de las maravillas que los apóstoles Pedro y Pablo han realizado mediante el "supremo pontífice y papa universal" Silvestre (2); pero antes de proceder a esto expone (3-4) la confesión de fe que Silvestre le había enseñado y amonesta a todas las naciones a aceptarla y adorar a Cristo a quien "nuestro padre universal" Silvestre predica. Luego continúa (6-10) narrando la historia de su conversión, bautismo y liberación de la lepra por Silvestre, en términos que concuerdan sustancialmente con la leyenda de Silvestre, afirmando su deseo de mostrar su gratitud por los beneficios de Pedro. Por tanto, en acuerdo con sus "sátrapas", el senado y el pueblo romano, reconoce el primado del vicario del Príncipe de los Apóstoles y exalta su sede por encima de todos los tronos terrenales (11). Por tanto sanciona (12) la precedencia de la "sede de Pedro" sobre Antioquía, Alejandría, Constantinopla y Jerusalén y decreta (13) que la iglesia fundada por él cerca del palacio de Letrán será honrada como "cabeza y cima de todas las iglesias en el mundo entero", señalando al mismo tiempo que él ha edificado iglesias a Pedro y Pablo y las ha dotado con sus posesiones en Judea, Grecia, Asia Menor, Tracia, África e Italia. Entrega (14) el palacio de Letrán al papa y le permite usar la diadema imperial y las otras insignias del imperio. El clero romano (15) también se distingue por rango senatorial siendo elegible para el consulado y el patriciado; otorga al papa el derecho exclusivo de conferir las órdenes sagradas a los senadores. Afirma (16) que Silvestre ha rechazado llevar la diadema imperial sobre la tonsura y por tanto él mismo ha puesto la mitra blanca con su propia mano sobre la sagrada coronilla del papa. Para que el trono papal (17) no pueda ser tenido en baja estima, deja al papa el poder y jurisdicción "en imitación de nuestra soberanía" sobre la ciudad de Roma y "todas las provincias, palacios y ciudades de Italia o de las regiones occidentales", confinando su propia soberanía al este, donde quiere construir una capital para sí mismo en Bizancio. Establece (19) una obligación solemne de sus asesores, "sátrapas", senado y todos los pueblos de la tierra para que dejen esas provincias intactas e invoca una maldición eterna sobre aquellos que la violen. Proclama (20) que él ha firmado el decreto con su propia mano y lo ha puesto sobre el sepulcro de San Pedro, acabando con la firma imperial y la fecha.
El siguiente texto contiene una porción de la Donación:
'Concedemos a nuestro santo Padre Silvestre, sumo pontífice y papa universal de Roma, y a todos los pontífices sucesores suyos que hasta el fin del mundo reinarán en la sede de san Pedro, nuestro palacio imperial de Letrán (el primero de todos los palacios del mundo). Después la diadema, esto es nuestra corona, y al mismo tiempo el gorro frigio es decir la tiara y el manto que suelen usar los emperadores y además el manto purpúreo y la túnica escarlata y todo el vestido imperial, y además también la dignidad de caballeros imperiales, otorgándoles también los cetros imperiales y todas las insignias y estandartes y diversos ornamentos y todas las prerrogativas de la excelencia imperial y la gloria de nuestro poder. Queremos que todos los reverendísimos sacerdotes que sirven a la santísima Iglesia romana en los distintos grados, tengan la distinción, potestad y preeminencia de que gloriosamente se adorna nuestro ilustre Senado, es decir que se conviertan en patricios y cónsules y sean revestidos de todas las demás dignidades imperiales. Decretamos que el clero de la santa Iglesia romana tenga los mismos atributos de honor que el ejército imperial. Y como el poder imperial se rodea de oficiales, chambelanes, servidores y guardias de todas clases, queremos que también la santa Iglesia romana se adorne del mismo modo. Y para que el honor del pontífice brille en toda magnificencia, decretamos también que el clero de la santa Iglesia romana adorne sus caballos con arreos y gualdrapas de blanquísimo lino. Y del mismo modo que nuestros senadores llevan el calzado adornado con lino muy blanco (de pelo de cabra blanco), ordenamos que de este mismo modo los lleven también los sacerdotes, a fin de que las cosas terrenas se adornen como las celestiales para gloria de Dios. (... )
Hemos decidido igualmente que nuestro venerable padre el sumo pontífice Silvestre y sus sucesores lleven la diadema, es decir la corona de oro purísimo y preciosas perlas, que a semejanza con la que llevamos en nuestra cabeza le hablamos concedido, diadema que deben llevar en la cabeza para honor de Dios y de la sede de san Pedro. Pero ya que el propio beatísimo papa no quiere llevar una corona de oro sobre la corona del sacerdocio, que lleva para gloria de san Pedro, con nuestras manos hemos colocado sobre su santa cabeza una tiara brillante de blanco fulgor, símbolo de la resurrección del Señor y por reverencia a san Pedro sostenemos la brida del caballo cumpliendo así para él el oficio de mozo de espuelas: estableciendo que todos sus sucesores lleven en procesión la tiara, como los emperadores, para imitar la dignidad de nuestro Imperio. Y para que la dignidad pontificia no sea inferior, sino que sea tomada con una dignidad y gloria mayores que las del Imperio terrenal, concedemos al susodicho pontífice Silvestre, papa universal, y dejamos y establecemos en su poder, por decreto imperial, como posesiones de derecho de la santa Iglesia romana, no sólo nuestro palacio como se ha dicho, sino también la ciudad de Roma y todas las provincias, distritos y ciudades de Italia y de Occidente.
Por ello, hemos considerado oportuno transferir nuestro Imperio y el poder del reino a Oriente y fundar en la provincia de Bizancio, lugar óptimo, una ciudad con nuestro nombre y establecer allí nuestro gobierno, porque no es justo que el emperador terreno reine donde el emperador celeste ha establecido el principado del sacerdocio y la cabeza de la religión cristiana.
Ordenamos que todas estas decisiones que hemos sancionado mediante decreto imperial y otros decretos divinos permanezcan invioladas e íntegras hasta el fin del mundo. Por tanto, ante la presencia del Dios vivo que nos ordenó gobernar y ante su tremendo tribunal, decretamos solemnemente, mediante esta constitución imperial, que ninguno de nuestros sucesores, patricios, magistrados, senadores y súbditos que ahora y en el futuro estén sujetos al Imperio, se atreva a infringir o alterar esto en cualquier manera. Si alguno, cosa que no creemos, despreciara o violara esto, sea reo de condenación eterna y Pedro y Pablo, príncipes de los apóstoles, le sean adversos ahora y en la vida futura, y con el diablo y todos los impíos sea precipitado para que se queme en lo profundo del infierno.
Ponemos este decreto, con nuestra firma, sobre el venerable cuerpo de san Pedro, príncipe de los apóstoles, prometiendo al apóstol de Dios respetar estas decisiones y dejar ordenado a nuestros sucesores que las respeten. Con el consentimiento de nuestro Dios y Salvador Jesucristo entregamos este decreto a nuestro padre el sumo pontífice Silvestre y a sus sucesores para que lo posean para siempre y felizmente.'
Edictum Constantini ad Silvestrum Papam
Es una cuestión controvertida si Adriano I en su carta de mayo de 778 a Carlomagno se refiere a este documento. El pasaje (línea nueve) en el que alude a Constantino y Silvestre parece implicar que lo conocía, pero las líneas 18 y siguientes parece indicar lo contrario. El Codex Parisinus, sin embargo, es evidencia positiva de que fue conocido en Saint Denis ya en el siglo noveno, tal vez antes de 793. Los siguientes testimonios más antiguos pertenecen al reino franco: pseudo-Isidoro, Ado de Vienne e Hincmaro de Reims. Por otro lado, no hay referencias romanas al documento durante los siglos noveno o décimo. Dos papas francos, Gregorio V y Silvestre II, son los primeros en basar ciertas pretensiones territoriales sobre el mismo. Las tales excitaron tan vigorosa oposición imperial que el canciller de Otón III, León de Vercelli, se atrevió a afirmar que el documento era una falsificación romana. Otro papa franco, León IX, lo esgrimió un siglo más tarde, usándolo en una controversia con Bizancio tan enérgicamente que no fue olvidado de nuevo. Pedro Damián lo cita contra el antipapa Cadalo de Parma y Gregorio VII lo menciona en el juramento que presenta a Herman de Salm, un pretendiente al imperio (1081). Anselmo de Lucca y el cardenal Deusdedit lo incluyen en sus colecciones de cánones. Los publicistas de principios de siglo XII lo usaron como base para conclusiones de largo alcance; en una palabra, para este período es conocido en todas partes y empleado como arma poderosa en la lucha contra el poder civil, cuyos representantes se vieron obligados a tenerlo en cuenta. Como norma, ellos se defendieron negando, no su autenticidad, sino las conclusiones extraídas del mismo. Esta línea de argumento era inconclusa. El primero que atacó la validez del documento mismo fue la facción republicana en Roma, bajo la influencia de Arnaldo de Brescia; uno de sus adherentes, un jurista, mantuvo en 1151, en una disputa con Gerhoh de Reichersberg, que era inválido porque Constantino fue bautizado o rebautizado en la herejía arriana, yendo un año después más adelante al declarar que todo era una mentira y una fábula herética y apoyando sus conclusiones en argumentos históricos, como que Constantino, según el pseudo-Isidoro, ya había sido bautizado antes de que llegara Roma. Pero esas declaraciones hicieron poca impresión. Federico Barbarroja y sus partidarios no atacaron la autenticidad del documento y los papas de los siglos XII y XIII apelaron con creciente confianza al mismo. Los valdenses, cátaros y Hermanos Apostólicos, por otro lado, mantuvieron firmemente que la Donación había ocasionado un desvío de la pureza original de la Iglesia en la dirección del Anticristo, con quien algunos de ellos identificaron a Silvestre. A finales del siglo XIII los abogados de Felipe el Hermoso acometieron una vez más la línea arnaldista y negaron su validez legal. Su teoría halló considerable aprobación en la universidad de París y pronto se difundió por toda Europa. Sin embargo, sus argumentos eran de tipo escolástico y la posibilidad de que el documento fuera una mera falsedad no se menciona hasta el surgimiento de la crítica histórica en el siglo XV. Nicolás de Cusa llegó a la conclusión (1432-33) de que Constantino nunca hizo tal Donación; Lorenzo Valla elaboró una brillante demostración de su falsedad en 1440 y Reginald Pecock llegó independientemente a la misma conclusión en 1450. Durante más de un siglo, sin embargo, a pesar de esos argumentos, la creencia general en su autenticidad continuó prevaleciendo entre el gran conjunto de eclesiásticos y juristas, por lo que no es sorprendente que Lutero supiera primero de su falsedad por la edición del tratado de Valla que hiciera Hutten. La defensa de la autenticidad cesó en el lado católico cuando Baronio la abandonó en 1592, aunque él y sus seguidores intentaron, hasta comienzos del siglo XIX, mantener la confiabilidad de su sustancia.
Origen.
Desde la admisión de la falsedad del documento, las más diversas ideas han prevalecido en cuanto a su origen auténtico. Los escritores a católicos pensaron que era griego (Baronio) o franco (Thomassin, Zaccaria, Cenni); los protestantes (Freher, Schröckh) creyeron que se originó en Roma. Las fechas asignadas a su composición varían desde el pontificado de Esteban II (752-757) a c. 963. En la primera edición de su Papstfabeln des Mittelalters (Munich, 1863) Döllinger demostró concluyentemente que no era griego, sino occidental. Entre 1882 y 1884 Grauert sometió la estructura de vocabulario a una investigación más profunda que la que nunca había recibido, concluyendo que se originó en territorio franco poco después de 840. En el curso de la discusión surgida por esa teoría Friedrich propuso una nueva idea en 1889, de que el documento consiste de una parte antigua, escrita antes de 653, y una posterior, añadida por Pablo I no después de 754.
Estado actual de la discusión.
El resultado neto de todas esas investigaciones posteriores, incluyendo la de Loening en 1890 y la de Martens después, proporciona un acuerdo sustancial sobre ciertas proposiciones: (1) La Donación es una falsificación. (2) Es la obra de un hombre o período. (3) El falsificador, sin embargo, ha hecho uso de material más antiguo, incluyendo, para los capítulos seis al diez una versión de la leyenda de Silvestre que ahora no existe, pero que circulaba en Roma en el siglo VIII, para los capítulos tres y cuatro, una antigua confesión de fe y para los capítulos inicial y final, documentos imperiales bizantinos genuinos. (4) La falsificación se originó en Roma, entre 752 y 778, bien bajo Pablo I, Esteban II o Adriano I. En cuanto al propósito de su composición, Scheffer-Boichorst cree que fue la exaltación de Silvestre, pero para esto una nueva leyenda, no un documento legal, hubiera sido el medio natural a emplear. La forma adoptada muestra que el falsificador tenía en mente confirmar o hacer posible ciertas pretensiones legales de la Iglesia de Roma. El reconocimiento del papa como un potentado igual en rango al emperador, la atribución de rango senatorial al clero, el dominio sobre todas las provincias de Italia o de "las regiones occidentales", no eran cosas seriamente pretendidas por la Iglesia de Roma de los siglos VIII y IX. La probabilidad es que el falsificador, como sucedió en otros casos, no atreviéndose claramente a señalar el objeto perseguido, lo envolvió en una circunlocución suficientemente vaga. En este caso parecía obvio que la tendencia de la falsificación es visible en los capítulos 17 y siguientes, relativos a la donación del territorio. Pero ya que los papas en ese período no hicieron pretensiones de soberanía sobre toda Italia, el designio especial habría sido proporcionar una base firme para sus pretensiones sobre la parte que deseaban, el exarcado de Rávena. Por tanto es posible que el documento se propusiera servir como arma en su conflicto para la posesión de ese territorio y específicamente exponerlo ante la corte franca. Razonando desde ahí, la solución más simple sobre el problema de las fechas es la idea de que fue compuesto poco después de la partida de Esteban II de Roma, el 14 de octubre de 753. Esta fecha ofrece la menor dificultad en vista de la evidencia externa e interna y está en consonancia con la historia del documento, que hace su primera aparición en la abadía de Saint Denis, donde Esteban pasó el invierno de 754 y donde se halló entre dos cartas (cuya autenticidad está cuestionada) de Zacarías, el predecesor de Esteban, y de Esteban mismo.