Historia
ESPOLIO, DERECHO DE
Pretensión de la Iglesia.
La Iglesia persistentemente se adhirió al derecho romano hasta bien entrada la Edad Media, pero hizo una excepción tocante a las leyes de propiedad, que en el código romano se habían desarrollado con una consistencia rígida. Cuando, al menos en tiempos posteriores, se negó el entierro a los laicos que no habían legado nada a la Iglesia (comp. E. Friedberg, De finium inter ecclesiam et civitatem regundorum judicio, p. 187, Leipzig, 1861), no es extraño que la Iglesia se considerara heredera del clero y como madre asumiera la herencia de sus propios hijos, los sacerdotes. Según las antiguas leyes eclesiásticas el derecho de los eclesiásticos a disponer de sus posesiones no estaba limitado; pero los obispos exigieron que hicieran testamento, quedando sujetos a castigo si no lo hacían en favor de la Iglesia o de parientes de sangre. Teodosio II (408-450) recompensó a la Iglesia con todas las posesiones de los eclesiásticos que no habían hecho testamento. En el transcurso del tiempo la obligación de hacer un testamento se extendió de los obispos y a todos los que poseían un beneficio. Pero fuertes obstáculos continuaron presentándose al deseo de la Iglesia de ser la única heredera de las posesiones clericales. Los eclesiásticos despreciaron las ordenanzas de la Iglesia y se apoderaron de las posesiones de colegas fallecidos. Varios concilios y sínodos condenaron el derecho de espolio y prescribieron varios castigos, pero sin resultados. Hubo casosos en los que los eclesiásticos no esperaron al fallecimiento del colega y el derecho de espolio se extendió incluso a las pertenencias del papa. Para acabar con esos abusos, Carlomagno designó un œconomi para la administración de las posesiones eclesiásticas, pero sin éxito. Una capitular de Carlos el Calvo promulgada en 844 parece haber tenido más éxito.
Pretensiones de los gobernantes seculares.
Los laicos también procuraron obtener una participación en las propiedades de los eclesiásticos fallecidos. Mientras el clero vivió bajo el derecho romano, su derecho a disponer de su propiedad por testamento fue reconocido por el Estado; pero cuando quedaron sujetos a la ley del país, pudieron hacer sus testamentos sólo bajo las mismas restricciones que los laicos. Si no dejaban testamento, su propiedad no iba a sus parientes ni a la Iglesia, sino a los terratenientes y posteriormente a los patronos eclesiásticos que la reclamaban; tras Federico I los reyes germanos reclamaron las posesiones de los obispos. Es verdad que Federico I amenazó con castigos severos a todos los que intentaran coartar la libertad de los eclesiásticos al hacer testamento, pero ni él ni sus sucesores guardaron sus propias leyes y promesas. Incluso después de que los emperadores renunciaron al derecho de espolio, se mantuvo por los príncipes alemanes. Las condiciones no fueron diferentes en Inglaterra, Escocia, Sicilia y Francia. El derecho de espolio se practicó en Francia especialmente. La Iglesia en esa nación se quejaba de que los gobernantes retrasaban suplir las vacantes episcopales para disfrutar de sus ganancias todo lo que pudieran. Gradualmente el mismo abuso comenzó de nuevo dentro de la Iglesia. Los abades pretendían la posesión de priores y regulares; los obispos las pertenencias de sus canónigos, sacerdotes y otro clero e incluso las propiedades de iglesias enteras; los priores y los capítulos las de los obispos y todo esto a pesar de las continuadas prohibiciones de concilios y papas. La libertad de hacer testamento, que había sido otorgada por el Estado a los eclesiásticos, quedó de nuevo ahora restringida por los obispos. Incluso después de que se otorgara de nuevo, todavía permaneció el derecho de espolio Ferto (cuarto de una marca), que el clero tenía que dejar al obispo, lo que fue costumbre en algunos Estados alemanes hasta el siglo XIX (comp. E. Friedberg, Kirchenrecht, p. 562, Leipzig, 1903).
Pretensiones de los papas.
Incluso los papas, que celosamente se habían opuesto al saqueo de iglesias, reclamaron el derecho por el que ellos habían envidiado a los obispos. En Francia los reyes compartieron con el papa el espolio de iglesias y eclesiásticos. Fue en vano que la universidad de París denunciara tales abusos. Los que protestaban eran arrojados en prisión y el temor y el terror hizo que otros guardaron silencio. Pero cuando las consecuencias de esos abusos se manifestaron claramente, cuando los obispos fueron juzgados como los peores deudores, ya que sus propiedades no ofrecían seguridad a los acreedores, Carlos VI ordenó, en 1385, la abolición del derecho papal de espolio para monasterios y obispados. Después de unos pocos años, sin embargo, el concilio de Constanza se vio obligado a oponerse a los mismos abusos, también en vano; pero en Francia al menos la reintroducción del derecho de espolio fracasó, debido a la rígida oposición de los reyes franceses. En 1643 Luis XI repitió las ordenanzas de Carlos VI y subrayó su edicto mediante amenazas de severo castigo. Pero incluso la resistencia de los príncipes seculares, que encontraron el apoyo decidido de la Iglesia, no indujo a los papas a privar al tesoro apostólico de los lucrativos espolios. En 1560 Pío IV prohibió a todos los eclesiásticos hacer testamento sin el permiso de la sede apostólica y no dudó en declarar las futuras donaciones inválidas, mientras que Pío V (1567) y Gregorio XIII (1577) reafirmaron las antiguas pretensiones. Sin embargo, es verdad que esos fueron los últimos fenómenos en una larga línea de abusos que habían practicado durante siglos laicos y eclesiásticos con igual rapacidad, abusos que incluso en Italia no habían sido abolidos.