Historia
FABRICA ECCLESIÆ
Fabrica ecclesiæ significa literalmente "edificio eclesiástico", pero se usó como nombre técnico de esa porción de los fondos destinados al mantenimiento del edificio. Al principio una parte de los ingresos generales se apartaban para este propósito, pero posteriormente se mantuvo sólo en caso de catedrales e iglesias colegiatas, donde un especial magister o procurator fabricæ estaba al cargo del fondo. Sin embargo, la dificultad de obtener los medios necesarios para mantener los edificios eclesiásticos llevó a la formación de fondos especiales en parroquias ordinarias, que fueron objeto de muchas normas y regulaciones según la costumbre y la ley local. La provisión de utensilios eclesiásticos y los requerimientos del servicio divino, especialmente el alumbrado, también quedaron incluidos. No había una regulación general en cuanto al modo en que el fondo debía ser provisto; usualmente se hacía de oblaciones, diezmos, estipendios de entierro y semejantes. Los fondos eclesiásticos tuvieron importancia especial en Francia y en las tierras alemanas adyacentes en la margen izquierda del Rin, donde se les permitió continuar cuando la propiedad eclesiástica fue confiscada (decreto de 22 de abril de 1790), ocasionando una legislación subsecuente.