Historia
INTERSTITIA
Interstitia es el intervalo que debe haber, según del derecho canónico, entre los tiempos para la recepción de las diferentes órdenes en la Iglesia católica. El principio de que debería haber tal intervalo está expresamente establecido en el canon trece del concilio de Sárdica (343). Era observado respecto a las órdenes menores al tener distintas funciones, pero cesó cuando se convirtieron en pasos meramente formales para las más elevadas. El concilio de Trento se propuso restaurar su antiguo significado y prescribió la observancia de la insterstitia para ellos, a menos que el obispo juzgara mejor proceder de otra manera. También fue decretado en Trento que debería pasar un año entre las órdenes menores y mayores, a menos que la necesidad o el bien general requirieran que el tiempo se acortara y que las dos órdenes mayores nunca deberían ser conferidas el mismo día. En referencia al poder de dispensa del obispo, la congregación del concilio prohibió expresamente conferir las órdenes menores y el subdiaconado al mismo tiempo.