Historia

JUSTICIA Y EQUIDAD

Justicia (en el sentido ético) es el mantenimiento del orden positivo legal que procura la existencia pacífica y floreciente de la sociedad, la virtud política suprema: justitia regnorum fundamentum. Aristóteles distingue entre justitia distributiva et correctiva. La primera distribuye la riqueza, el poder y el honor según el mérito; la otra compensa las desigualdades y equilibra las pérdidas y ganancias en las transacciones de la vida. La justicia provee la proporción exacta de deberes y derechos y castiga cualquier violación del orden positivo legal. Establece las líneas generales de dirección mediante leyes, que son la emanación de la justicia siempre que se correspondan a la concepción original del derecho y se muestren en las decisiones y ordenanzas basadas sobre ellas.

La equidad (latín aequitas, griego isotēs) ha de asociarse con la justicia. Lo que ésta establece en un modo general a veces es insuficiente cuando se aplica a casos individuales: summum jus, summa injuria. Lo que es justo en lo general y en lo particular puede divergir considerablemente. En tal caso la equidad estima y vindica la racionalidad del derecho natural y corrige la ley positiva en su más amplio o más estrecho alcance.

La justicia como cualidad personal es el comportamiento del hombre de acuerdo con el orden legal, su rectitud. Su principio es la compensación exacta: suum cuique. La benevolencia no puede sustituirla. La rectitud nos obliga a la práctica consciente de la ley, incluso cuando a consecuencia el mal pueda surgir de nuestro prójimo. En la práctica la rectitud se convierte en probidad o honestidad.

Aquí también la equidad forma el complemento moralmente indispensable de la rectitud (Amos, tratad con justicia y equidad a vuestros siervos, sabiendo que vosotros también tenéis un Señor en el cielo.[…]Colosenses 4:1). En nuestra conducta hacia nuestro prójimo la equidad consiste en la renuncia a nuestras justas pretensiones, si la obtención de las mismas puede dañar al prójimo en un grado que perjudica a la caridad y por otro lado en reconocer y cumplir las demandas de nuestro prójimo sobre nosotros que no están fundadas en lo estrictamente legal, si son de verdadero provecho para él y si no olvidamos otros deberes al cumplirlas. Sólo en la unión de rectitud y equidad se alcanza la justicia de la conducta moral.

En teología a la justicia se le han dado muchos significados. En la doctrina de los atributos divinos ha sido estimada como una característica inviolable de la santidad y como tal ha sido confrontada con el amor. Sin embargo, ha sido más importante en relación con las teorías de la expiación. Por otro lado, la justicia ha sido definida como "general" o "rectoral" y "distributiva", donde justicia "general" se refiere al bienestar y la "distributiva" a lo que se debe al individuo. En la expiación la segunda se concibió suspendida en favor de la primera. Por otro lado, se ha mantenido que la justicia debe ser satisfecha antes de que el amor pueda ofrecer perdón al pecador. La palabra ha sido también empleada para designar el estado original del hombre de integridad, obediencia a Dios y armonía de todos los poderes personales. Más aún, representa esa condición renovada en la que el hombre perdonado está ante Dios y su ley, una posición imputada por el inmerecido favor de Dios. En su sentido más profundo la justicia y el amor en Dios son idénticos, mientras que en el hombre la justicia pertenece a las acciones del carácter y la voluntad.