Historia

MENSES PAPALES

Menses papales (meses papales) es el término aplicado a los derechos del papa para nombrar ciertos beneficios vacantes en determinados meses, mientras que los obispos y patrocinadores los nombran en los meses restantes. El arreglo fue puesto en marcha en las regulaciones de la cancillería romana bajo el número IX. Ha de hacerse notar que en el habla común la expresión 'meses papales' es incorrectamente interpretada como meses impares, meses alternantes, alternativa mensium, cuando de hecho los meses papales son enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre. Hay una excepción específica en las regulaciones de la cancillería, la favorable a los patriarcas, arzobispos y obispos que contemplan la residencia personal en sus sedes, siendo reducidos los ocho meses papales a seis, en tal manera que el papa se ha reservado para sí solo los seis meses impares (enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre).

El origen de los meses papales está en los siguientes hechos. Desde el siglo XII los papas comenzaron a recomendar titulares para los beneficios vacantes de iglesias particulares, al principio por solicitudes escritas (preces) y si este medio no era eficaz suplirían la vacante con el titular designado por un rescripto imperativo (mandatun de providendo). Cuando el mandato no se observaba era costumbre publicar, en sucesión debida, literiæ monitoriæ, præceptoriæ y executoriæ (breves de amonestación, imposición y ejecución) y luego, si era necesario, seguía la realización. Como esos mandatos eran emitidos, en su mayor parte, en favor de pretendientes indigentes, tales concesiones fueron calificadas per formam communem, o in forma pauperum. Sin embargo, mucho antes la publicación del mandata de providendo se aplicó a los beneficios no solo actuales sino también prospectivamente, lo cual suponía una violación de una provisión del concilio de Letrán de 1179, en la que se prohibía la concesión de una titularidad contingente. Una regulación de la práctica fue acometida por el concilio de Basilea (1418) y por el concordato de Viena (1448), aunque quedó modificada posteriormente por la costumbre y por indultos especiales.