Historia

OFICIAL

Oficial es un término en el derecho canónico que denota suplencia en asuntos de jurisdicción. Los archidiáconos, desde el siglo sexto, fueron los principales delegados de los obispos en relación a la potestas jurisdiccionis, pero tras el siglo XII la usurpación de los archidiáconos fue combatida por una serie de sínodos; incluso los obispos procuraron restringir el indebido poder de los archidiáconos mediante la institución de oficiales especiales, "extra diocesanos" y "oficiales principales" o "vicarios generales". Los dos últimos términos fueron usados en ocasiones de forma sinónima y han estado en uso en todos los distritos italianos, en Hungría, Dalmacia y el este. En otros casos, los dos términos fueron diferenciados, un sustituto especial, el "oficial", era señalado para la jurisdicción episcopal; otro, el vicario general, para la administración episcopal, como ha sido el caso en Bélgica, España, Inglaterra, África y en la mayoría de las diócesis alemanas. Cuando por mandato del concilio de Trento los archidiáconos fueron privados de jurisdicción en asuntos matrimoniales y criminales, los oficiales extradiocesanos disminuyeron en número por lo que, como norma, la jurisdicción y administración se consolidaron en manos de los vicarios generales. Bajo esta presidencia del oficial existe el vicariato general, u ordinario, también denominado consistorio; pero donde la actual jurisdicción, particularmente en asuntos de matrimonio, la ejerce un delegado especial del obispo, está asistido por un tribunal colegiado especial, el denominado consistorium.