Historia

PLURALIDADES

Pluralidades es un término del derecho canónico para designar el desempeño, por un clérigo, de dos o más beneficios al mismo tiempo. El derecho canónico lo prohíbe, pero los obispos católicos otorgaron dispensas hasta que por el concilio de 1273 se les quitó ese derecho. En Inglaterra el poder de otorgar dispensas para retener dos beneficios con el cuidado de las almas está depositado en el monarca y en el arzobispo de Canterbury.