Historia

PRISIONES, REFORMA DE LAS

Mujeres en la cárcel, por Eugenio Lucas. Museo de Arte Español del siglo XIX. Madrid
Mujeres en la cárcel, por Eugenio Lucas.
Museo de Arte Español del siglo XIX. Madrid
Historia del encarcelamiento.
En las condiciones modernas el cuidado de los presos coincide con el cuidado de los que están soportando el castigo, ya que ahora la pérdida de libertad es el principal castigo por el delito. Esta idea se ha desarrollado sólo gradualmente. La historia de la prisión se puede dividir en tres períodos: (1) Hasta el siglo XV la prisión no era un medio de castigo. "Las cárceles servían no para castigar, sino para vigilar." Los castigos consistían en multas, proscripciones y diferentes formas de castigo capital y corporal. (2) Durante los siglos XVI al XVIII el encarcelamiento se convirtió en una forma de castigo. El número de casos en los que la pena capital y el castigo físico se aplicaron se habían hecho tan numerosos que la gente se preguntó si la pena capital era justa y la idea de la mejora mediante el castigo ganó adherentes. Pero las condiciones de las cárceles eran todavía horribles. (3) En los siglos XVIII y XIX el encarcelamiento fue conceptuado como medio de mejora, especialmente por los esfuerzos de John Howard y Elizabeth Fry. En Alemania las antiguas condiciones se perpetuaron en el tiempo. No había división de clases en la prisión (ni siquiera siempre una separación de sexos), tampoco cuidado pastoral y ninguna instrucción o empleo, mientras que el personal era ineficaz y los edificios defectuosos. Theodor Fliedner dio el primer impulso para una mejora de las condiciones. Pero sin la influencia de Federico Guillermo IV tales reformas habrían sido imposibles. Otro activista en este campo fue Johann Heinrich Wichern.

Teoría del tratamiento de los internos.
Las condiciones actuales sobre el cuidado de los prisioneros suponen: (1) El cuidado de los presos durante el tiempo de su confinamiento. Un factor importante aquí es el capellán de la prisión. Toda prisión grande tiene uno o más ministros; en pequeños lugares es el clérigo de la comunidad el que se ocupa de esos asuntos. Pero no menos importante es el maestro, quien enseña las asignaturas elementales, al estar a veces los internos desprovistos de preparación académica. Al cargo del profesor hay una biblioteca en cada prisión. El inspector es también un factor importante. (2) El cuidado de los presos tras su salida es también parte del sistema. Con este propósito existen asociaciones protectoras. Una parte importante de esos deberes es el cuidado de la familia del preso.

Los propósitos de la privación de libertad son (a) castigo, (b) disuasión, (c) reforma y (d) protección de la sociedad. Esos factores se han subrayado en diferentes países. En Europa, el énfasis se ha puesto principalmente sobre el castigo y la protección de la sociedad. En los Estados Unidos, probablemente más que en ningún otro país, la protección de la sociedad y la recuperación del delincuente se subrayan. Según sea el énfasis así es la naturaleza del cuidado de los presos durante su confinamiento.

Distintos tipos de criminal, en Cesare Lombroso, L'uomo delinquente, 1876, Turín, Fratelli Bocca
Distintos tipos de criminal, en Cesare Lombroso,
L'uomo delinquente, 1876, Turín, Fratelli Bocca
Criminología.
La palabra griega poine, que denota la satisfacción, pecuniaria o de otro tipo, pagada por un daño, pasó al latín poena, "pena, castigo", habiendo sido ampliada hasta significar "criminología" o la ciencia del derecho penal, administración penal, prevención del crimen y corrección del delincuente. En cada uno de sus departamentos hay un nuevo reconocimiento de principios fundamentales, algunos de ellos discernidos tempranamente pero tardíamente aplicados y una infusión de nuevo conocimiento y sentimiento humanitaio. Jesús desechó las características de represalia del derecho judío. El derecho penal moderno ha erradicado en buena medida las características vengativas de sus códigos, pero la tendencia moderna es hacer de tales códigos medidas de defensa social con castigos disuasorios más que vengativos. Los principios fundamentales de la nueva criminología son la protección de la sociedad y la reforma del delincuente. En el sistema social de Platón había un reconocimiento del deber de bondad y piedad hacia el preso; en el Nuevo Testamento hay una prominencia distintiva en la enseñanza de Jesús. En tiempos modernos el punto más importante de separación respecto al antiguo sistema penal procede de la publicación de la obra titulada Dei delitti e delle pene en 1769 por Cesare Beccaria Bonesana, un noble italiano, y de la obra personal de John Howard, quien comenzó sus visitas a las prisiones en Inglaterra en 1773 y extendió su obra e inspecciones por el continente. La influencia de Beccaria se hizo sentir principalmente en la abolición de la tortura y la pena capital y en la reforma de los códigos criminales. Howard inició reformas en las condiciones físicas, morales y laborales de la vida de la prisión. El deber de la sociedad para el delincuente se consideró en todos sus aspectos. Elizabeth Fry ejerció gran influencia en el siglo XIX en Gran Bretaña y Europa, así como Mary Carpenter, Matthew Davenport Hill y otros. Alexander Maconochie en Norfolk Island y Sir Walter Crofton en Irlanda, instruyeron a los directores de prisiones, demostrando la posibilidad de hacer nuevas apelaciones morales educativas a los presos con grados y privilegios basados en el sistema del mérito.

El sistema moderno.
El mismo principio con aplicación independiente y original ha producido fruto en el sistema en Estados Unidos. Los reformatorios juveniles para muchachos y muchachas se fundaron en la primera mitad del siglo XIX, pero una nueva época marca la extensión de la idea a instituciones para adultos, establecida primero en Elmira, Nueva York, en 1876 bajo Z. R. Brockway y adoptada desde entonces en los demás Estados americanos. Una característica fundamental del sistema reformado es la sentencia indeterminada. El preso no está entregado a un tiempo definido a la institución, sino que está obligado a procurar su libertad condicional por sus logros en la escuela, el trabajo y el deporte. Si no es corregible, puede quedar encerrado durante el periodo máximo fijado por el código como castigo por la ofensa que haya cometido. El sistema de prueba para tratar a los delincuentes sin encarcelamiento se adoptó primero en Massachusetts en 1878 y posteriormente en Francia, Bélgica y varios Estados americanos. Otra contribución americana importante son los tribunales juveniles establecidos primero en Chicago en 1899 y poco después en otros Estados y también en Europa. Bajo Cesare Lombroso, Enrico Ferri y otros se dio un nuevo impulso al estudio de la criminología, su entorno e historia.