Historia
SAMBENITO

Casa de Sefarad - Córdoba
Fotografía de Wenceslao Calvo
El castigo de portar esta prenda fue al principio de por vida. Posteriormente se asignaron diferentes períodos y la vestimenta era veces coetánea con el período de encarcelamiento, otras sólo durante el período del auto de fe y otras el castigo variaba con el grado de culpa atribuido por la seriedad del crimen. La severidad del castigo difícilmente puede ser concebida en tiempos modernos y en un entorno protestante. Señalaba al portador culpable del más detestable de todos los crímenes, el de herejía. El portador con extrema dificultad podía encontrar empleo, siendo objeto del horror general y el ostracismo y es probable que muchos se murieran de hambre. Deshacerse del sambenito sometía al portador a nuevo arresto, al haber abjurado de su sumisión a la Santa Iglesia, con todas las penas que eso suponía. Naturalmente esto llevó a hacer peticiones que dispensaran de portar la prenda y no pasó mucho tiempo hasta que la situación de la dispensa se convirtió en medio de ganancia papal e instrumento de exacción, debiéndose pagar altas cantidades para evitar llevarlo.
Para aumentar el aborrecimiento a la herejía y disuadir de cometer tal crimen se ideó un nuevo uso de la prenda. En el sambenito se escribía el nombre del portador y otros detalles, siendo colgado en las iglesias a fin de perpetuar la memoria de la ofensa, supliéndose los huecos en las series a partir de los registros, quedando incluso aquellos que habían quedado exentos de llevarlo representados por el objeto en la iglesia. Para que el crimen pudiera incidir en la familia se hacía un duplicado y se colgaba en la iglesia parroquial de la familia. Las inscripciones se renovaban cuando por el paso del tiempo y la manipulación iban desapareciendo. Naturalmente estos objetos en ocasiones eran robados, pero eran reemplazados por el Santo Oficio. Esta exhibición iba complementada por listas elaboradas suspendidas separadamente, a fin de perpetuar la memoria del hereje y su crimen. Durante la segunda mitad del siglo XVII y el XVIII el celo de la Inquisición se relajó en este aspecto, habiendo connivencia para enterrar la costumbre. Las Cortes de Cádiz el 22 de enero de 1813 abolieron la Inquisición y un decreto de la misma fecha, citando el artículo 305 de la Constitución, estableció que el castigo no se extendería más allá del criminal, ordenando que los registros y objetos que perpetuaban la memoria del castigo infligido por la Inquisición fueran removidos o destruidos en el plazo de tres días. Sin embargo, la condición de España no podía garantizar la obediencia a esta orden, que no se llevó a cabo hasta tiempo después.