Historia

VICARIO GENERAL

Vicario general en el sistema católico es el representante del obispo en el ejercicio de su jurisdicción.

Escudo del vicario general
Escudo del vicario general
Tales representantes fueron designados desde el siglo XIII, al principio aparentemente en conexión con los esfuerzos de los obispos para quebrantar el poder independiente de los archidiáconos. La designación de un vicario general queda a la discreción del obispo, aunque en caso de incapacidad para dirigir los asuntos de la diócesis puede necesitarse que el papa lo señale, o puede ser señalado por él mediante la congregación de obispos regulares en Roma. Las cualificaciones para el oficio son la posesión de las órdenes, o al menos la tonsura, la edad de 25 años cumplidos, conocimiento de derecho canónico (con un título, si es posible), nacimiento legítimo y celibato. Representa al obispo en su jurisdicción ordinaria, pero en ciertos asuntos especialmente importantes necesita una autorización definida. De él, como representante del obispo, la apelación no va al obispo, sino a más altos tribunales. Su oficio queda vacante por muerte o dimisión, por la pérdida de jurisdicción por parte del obispo que lo designó o por la revocación de éste de su designación. Mientras que en teoría esto último es perfectamente libre para el obispo, sin embargo si lo hace sin causa alguna, el vicario general tiene recurso ante la congregación de obispos regulares, que puede obligar a su restauración.