Historia

VISITATIO LIMINUM SANCTORUM APOSTOLORUM

Visitatio liminum sanctorum apostolorum es la denominación dada a la visita a la iglesia de los santos Pedro y Pablo en Roma, y también de la curia, en cumplimiento de un voto o de una ley de la Iglesia católica. Tales visitas a consecuencia de votos fueron frecuentes en la Edad Media, pero los papas se vieron obligados a limitarlas y en 1478 Sixto IV dictó una reserva papal sobre el asunto.

La forma más importante de la visita es que se trata de una ley exigida para el ejercicio de la necesaria supervisión sobre la Iglesia católica. Por un sínodo romano de 743 a todos los obispos residentes cerca de Roma se les obligó a visitar al papa cada año a mediados de mayo, mientras que los que vivían lejos tenían que informar por escrito anualmente sobre las condiciones de sus diócesis. Tras 1079 este deber se convirtió en mandato para todos los metropolitanos por Gregorio VII, extendiéndose pronto a todos los obispos, aunque la frecuencia de sus visitas variaba según la distancia de sus sedes respecto a Roma.

En la bula Romanus Pontifex (20 de diciembre de 1584) Sixto V ordenó que todos los obispos de Italia y las islas adyacentes, Dalmacia y Grecia deberían efectuar la visita cada tres años; los de Alemania, Francia, España, Portugal, Bélgica, Bohemia, Hungría, Inglaterra, Escocia e Irlanda cada cuatro años; los del resto de Europa, norte de África y las islas al este del continente americano cada cinco años y los de otros países cada diez. Esta norma fue confirmada por Benedicto XIV, en su constitución Quod sancta (23 de noviembre de 1740), extendiendo el requerimiento a todos los poseedores de jurisdicción cuasi-episcopal. Generalmente se sostiene que los obispos titulares están también obligados a hacer la visita.

La visita debe ser realizada en persona en los intervalos designados; pero si resultara imposible, el prelado concernido puede estar representado por un plenipotenciario especial y cualificado. La visitación comprende tres partes, atestiguadas por la Congregatio super statu ecclesiarum: la visita a la "iglesia de los apóstoles" (la iglesia ocupada por el papa y la curia; normalmente San Pedro en Roma) y una declaración oral y escrita de los asuntos de la diócesis del obispo.